El Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, extendió la exigencia de elaborar planes de igualdad a todas las empresas con 50 o más empleados —cuando la anterior normativa imponía esta obligación a empresas de más de 250 trabajadores—. Para la aplicación de esta medida se otorgó un periodo transitorio de 3 años a contar desde el 7 de marzo de 2019, lo que hace que a partir del pasado 7 de marzo de 2022 todas las empresas con 50 o más empleados tengan la obligación de contar con un plan de igualdad e inscribirlo en el Registro de Planes de Igualdad de las empresas.
No obstante, también estarán obligadas (a pesar de no llegar al mínimo de empleados exigidos) a elaborar planes de igualdad las empresas cuyo convenio colectivo así lo establezca y aquellas empresas a las que se lo imponga la autoridad laboral en el marco de un procedimiento de naturaleza sancionadora.
¿Qué es un plan de igualdad en la empresa?
Un plan de igualdad es un conjunto de medidas orientadas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la empresa, así como a eliminar la discriminación por razón de sexo. Antes de elaborar dicho plan, la empresa debe realizar una serie de evaluaciones y estudios preliminares que le permitan determinar cuál es su situación en ese momento, qué puntos se pueden mejorar y los objetivos a alcanzar. Además de las medidas que se van a implementar, en el plan de igualdad la empresa también se debe incluir un programa de seguimiento dirigido a comprobar el grado de cumplimiento de los objetivos marcados.
En función de estas premisas, podemos decir que los planes de igualdad contribuyen a mejorar el clima laboral dentro de la organización y el bienestar de los trabajadores y mejoran la imagen corporativa de la compañía.

¿Cómo hacer un plan de igualdad?
Aunque como ya hemos visto la elaboración de los planes de igualdad suponen una obligación legal para muchas empresas, también existe la posibilidad de que las empresas no sujetas a este requisito los elaboren de manera voluntaria. En cualquier caso, a la hora de elaborar un plan de igualdad, la empresa deberá tener en cuenta los siguientes pasos:
1. Puesta en marcha
El primer paso para elaborar un plan de igualdad consiste en el impulso del plan por parte de la empresa, normalmente por parte de los departamentos de recursos humanos. Una vez realizado este paso, la empresa comunicará a sus trabajadores o a su representante legal por escrito la apertura de la negociación, indicándoles, entre otros aspectos, las materias que se van a someter a negociación.
En segundo lugar, se procederá a crear una comisión negociadora —compuesta por miembros representantes de la empresa y de los trabajadores a partes iguales— que es la responsable de negociar el plan de igualdad y realizar el diagnóstico de situación de la empresa.
2. Realización del diagnóstico
La comisión negociadora será quien realice un estudio sobre la situación de la empresa, así como de las prácticas que puedan considerarse como desiguales entre mujeres y hombres.
El Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, establece la relación de materias mínimas que deberá contener este diagnóstico: selección y contratación, clasificación profesional, formación, promoción profesional, condiciones de trabajo, ejercicio corresponsable de los derechos en materia de conciliación, infrarrepresentación femenina, retribuciones y prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.
Una vez realizado este análisis, se deberá formular la propuesta de mejora.
3. Elaboración del plan de igualdad
En esta fase se establecerá la política, materializada en un desglose de medidas específicas, que va a seguir la empresa en cuanto a la igualdad de trato entre sus empleados de ambos sexos. Se determinarán los objetivos que se marca la empresa y las áreas de actuación por orden de prioridad.
En cuanto al periodo de vigencia del plan, será el que se acuerde por las partes con una duración máxima de 4 años.
Tras esto, se fijará un sistema de evaluación, seguimiento y control que permita llevar un registro del grado del cumplimiento de las medidas adoptadas y la consecución de los objetivos establecidos en la fase de diagnóstico.
4. Aplicación del plan de igualdad
A lo largo de esta etapa la empresa debe implementar todas las medidas aprobadas en el plan de igualdad. La empresa también deberá realizar un seguimiento y supervisión para comprobar que estas medidas se están ejecutando correctamente según lo establecido en la planificación.
5. Evaluación
Esta fase sirve para valorar el grado de consecución de los objetivos que se establecieron durante la elaboración del plan y los beneficios y efectos que supone para la empresa la aplicación de estas medidas. Se trata de un momento ideal para formular nuevas propuestas de mejora, ya que la empresa cuenta con información previa que le permite establecer conclusiones importantes.
